Política Internacional

Colombia regula el uso medicinal de la flor de cannabis y se compromete a agilizar las licencias para el sector

Nuevo decreto amplía el mercado interno y busca fomentar la producción, procesamiento y exportación, según el director del Fondo Nacional de Estupefacientes

Colombia regula el uso medicinal de la flor de cannabis y se compromete a agilizar las licencias para el sector
Imagem Ilustrativa: Canva Pro

Colombia ha dado un paso histórico en el desarrollo de su industria de cannabis medicinal. El Decreto 1138 del 27 de octubre de 2025, publicado esta semana, autoriza oficialmente el uso de la flor seca de cannabis como producto medicinal, algo que antes no estaba permitido por la legislación. Además, el texto establece nuevas reglas para agilizar los trámites de licenciamiento y crea un período de transición para la adaptación del sector.

 

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Milver Rojas, director general del Fondo Nacional de Estupefacientes (FNE) de Colombia, explica que el nuevo decreto amplía el uso medicinal de la flor de cannabis y busca fomentar la producción nacional. Imagen: Sechat

En una entrevista exclusiva, el director general del Fondo Nacional de Estupefacientes (FNE), Milver Rojas, confirmó que la norma ya está en vigor y representa un hito para el sector.

 

“Sí, en este momento ya hay un decreto que fue expedido anteayer, precisamente, en el que en Colombia el cannabis ya puede ser utilizado y comercializado para tratamiento médico, siempre como una alternativa terapéutica”, explicó.

Según Rojas, el gran avance es la inclusión de la flor y la hoja de cannabis en la lista de productos que pueden ser utilizados como medicamento, lo que abre nuevas posibilidades tanto para pacientes como para empresas.

“Ahora es el cannabis, es decir, su hoja, su flor seca, lo que también se utilizará como medicamento, algo que antes no estaba incluido”, afirmó.

El decreto también contempla trámites más ágiles para la emisión y actualización de licencias. “Hay algunos trámites más rápidos para el tema de licencias, que eran relativamente más lentos”, dijo Rojas, al comentar que el cambio pretende equilibrar oportunidades entre empresas ya consolidadas y nuevos emprendedores.

“Hay posiciones divergentes de empresarios que pueden decir que están beneficiando mucho a los nuevos emprendedores; sin embargo, el decreto es claro al afirmar que los empresarios antiguos que quieran cambiar de modalidad pueden hacerlo sin tanta burocracia, y los nuevos tendrán el proceso agilizado.”

Según el director del FNE, el espíritu de la norma es incentivar la cadena productiva y ampliar el mercado nacional.

“Creo que el espíritu de la norma es realmente el fomento — el fomento a la producción, al procesamiento, a la exportación y hasta al uso en Colombia del cannabis como medicina, de la flor como medicina — y es en eso en lo que ya vamos a empezar a trabajar.”

El decreto establece un plazo de cinco meses para que los ministerios de Justicia, Salud y Agricultura detallen los requisitos técnicos y regulatorios, además de un período de transición de hasta dos años para la plena implementación de las nuevas reglas.

“En principio, hay cinco meses previstos en el decreto para definir los términos, es decir, para detallar los requisitos, y un tiempo prudente de máximo dos años para que los nuevos cumplan con esta regulación, que será emitida dentro de esos cinco meses, y puedan entonces entrar en el mercado.”

Durante este período, las empresas que ya operan en el país podrán continuar sus actividades y ampliar sus modalidades de actuación.

“Esto no significa que los que ya están en el mercado no puedan seguir; al contrario, la idea es que sigan trabajando e incluyan otras modalidades, si así lo desean”, explicó Rojas. “Si, por ejemplo, hasta ahora estábamos enfocados en exportar la flor y no en utilizarla en el país, hoy tienen la posibilidad de hacerlo también, sin tanta burocracia.”