La justicia determina y Anvisa tiene plazo para liberar la entrada de flores de cannabis en Brasil
La decisión de la 16ª Vara Federal determina el fin de la prohibición de las flores y ordena la liberación de productos a base de THC y CBD como ingredientes activos

Por redacción Sechat
La justicia ha determinado que la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria (Anvisa) debe permitir, hasta el 27 de septiembre, la entrada en el país de productos y medicamentos que contengan los cannabinoides THC y CBD como ingredientes activos para fines medicinales. La decisión de la 16ª Vara Federal del DF incluye, por ejemplo, los productos concentrados y flores in natura de cannabis.
De acuerdo con el abogado, Max Warner, responsable de uno de los procesos contra Anvisa para la revocación de la Nota Técnica 35/2023, que resultó en la prohibición de la importación de flores de cannabis en julio de 2023, la decisión judicial es irrecurrible.

Prohibir el acceso de los pacientes a las flores de cannabis es un atentado al derecho constitucional de acceso a la salud.
abogado Max Warner
“En relación con la decisión, Anvisa ya ha señalado que debe manifestarse en el sentido de que en ningún momento incumplió la sentencia dictada por la 16ª Vara Federal que la obligó a autorizar la importación, para fines medicinales, de productos y medicamentos a base de THC y CBD, ya que, según la Agencia, las flores de cannabis no pueden ser consideradas “producto” o “medicamento”. Lo cual es extremadamente controvertido, pues todos los cientos de productos y medicamentos a base de cannabis que tienen autorización de ANVISA para importación han sido extraídos de las flores, ya que son en ellas donde se encuentran todos los cannabinoides. Por último, creo que es importante destacar que no cabe recurso a la segunda instancia de esta decisión, pero puede haber este tipo de alegación por parte de ANVISA ante el juez de la 16ª Vara Federal”, analiza.
Entiende el caso: Anvisa prohíbe la importación de flores de cannabis in natura o partes de la planta
El 19 de julio, Anvisa divulgó la NT 35/2023 en la que informaba la decisión de prohibir la importación de flores de cannabis por personas físicas. En la nota, enfatiza que la regulación actual de los productos de cannabis en el país no permite el uso de partes de la planta, incluso después del proceso de estabilización y secado, o en sus formas rasuradas, trituradas o pulverizadas.
Lee más: Anvisa aclara la prohibición de las flores de cannabis ante la justicia
En ese momento, Anvisa alegó que la prohibición se basó en la falta de evidencias científicas robustas que demuestren la seguridad del uso de la planta de cannabis in natura. El organismo también argumentó que consideró el alto riesgo de desvío de las flores para fines ilícitos, ya que no había manera de asegurar solo el uso medicinal de las partes de la planta in natura.
Sin embargo, Warner refuta los argumentos de Anvisa y afirma que hay casos de desvío de finalidad de otros tipos de medicamentos, sin embargo, la agencia no decide por la prohibición. Según el abogado, el desvío de finalidad no se corrige con prohibición, sino con fiscalización.
“Este argumento no tiene el menor sentido. Por ejemplo, citemos el medicamento para el tratamiento del trastorno por déficit de atención con hiperactividad – TDAH, Venvanse. Muchos jóvenes están utilizando este medicamento en fiestas y casas nocturnas para potenciar los efectos del alcohol y conseguir permanecer despiertos por más horas y, aun así, Anvisa no prohíbe. Anvisa necesita fiscalizar la prescripción de los médicos y el desvío de finalidad, en lugar de simplemente prohibir, bajo pena de dejar desasistidos a miles de pacientes que, a través del tratamiento con las flores, logran controlar momentos de crisis”, afirma.
Anvisa informó que está dentro del plazo para manifestarse sobre la decisión judicial. Ve el proceso contra Anvisa:
