Anvisa solicita contribución de FACT para regular el cáñamo después de la decisión del STJ
El documento presenta pautas preliminares para la autorización del cultivo por personas jurídicas y los mecanismos de control
Publicado en 14/11/2025

Anvisa. Imagen: Rafa Neddermeyer/Agência Brasil
La Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria (Anvisa) envió a la Federación de Asociaciones de Cannabis Terapéutica (FACT) el Oficio nº 63/2025, solicitando contribuciones para la elaboración de la regulación sobre el cultivo de Cannabis sativa L. en Brasil. La solicitud se deriva directamente de la decisión del Superior Tribunal de Justicia (Recurso Especial nº 2024250/PR, representativo del IAC 16), que determinó que Anvisa, junto con la Unión, edite normas para autorizar el cultivo del cáñamo — variedades con un contenido de THC igual o inferior al 0,3%.
Según el documento, la futura regulación deberá abordar desde la exclusión del cáñamo de la Lista E, que actualmente prohíbe el manejo de la planta, hasta requisitos de control estrictos para evitar desviaciones. El texto establece que el cultivo solo estará permitido para personas jurídicas y exclusivamente para fines medicinales, farmacéuticos, veterinarios o de investigación.
En uno de los pasajes, Anvisa menciona que la decisión del STJ obliga a la agencia a permitir:
“la concesión de autorización sanitaria para la siembra, cultivo, industrialización y comercialización del cáñamo industrial (hemp) — variedad de Cannabis sativa L. con un contenido de THC inferior al 0,3% — por personas jurídicas, exclusivamente para fines medicinales y/o farmacéuticos, vinculados a la protección del derecho a la salud.”
Anvisa también detalla medidas para mitigar riesgos, como la trazabilidad genética, áreas de cultivo controladas, vigilancia continua del perímetro y monitoreo periódico en laboratorio para garantizar que el contenido de THC permanezca dentro del límite permitido. Además, solo se podrán utilizar semillas y plántulas certificadas.
El oficio solicita que FACT envíe sus contribuciones antes del 19 de noviembre de 2025, mencionando el Proceso nº 25351.914415/2025-70.
