El gobierno publica reglas para la importación de semillas de Cannabis sativa
Nueva orden del MAPA define requisitos para la importación de semillas de Cannabis sativa, con enfoque en la seguridad fitosanitaria y en el avance de la regulación del cáñamo en el país

El Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAPA) publicó, el miércoles (30/07), la Orden SDA/MAPA nº 1.342, que establece los requisitos fitosanitarios para la importación de semillas de Cannabis sativa, independientemente de su origen. La norma entra en vigor en la fecha de su publicación e integra el Plan de Acción del Gobierno Federal para regular el cultivo de cáñamo en Brasil, cuya fecha final está prevista para 30 de septiembre de 2025.
La regulación determina que las semillas importadas de Cannabis sativa deben estar acompañadas de un Certificado Fitosanitario emitido por el país de origen. Este certificado debe contener declaraciones adicionales que demuestren la ausencia de plagas específicas, como Grapholita delineana y Ditylenchus dipsaci, entre otras.
Además, se prevé la inspección fitosanitaria a la entrada del producto en Brasil, con recolección de muestras para análisis de laboratorio. Los costos de estos análisis serán responsabilidad del importador.
Si se identifican plagas cuarentenarias durante la inspección, la carga podrá ser destruida o rechazada. En esta situación, el país de origen corre el riesgo de tener sus importaciones suspendidas temporalmente. La orden también destaca que el cumplimiento de estos requisitos fitosanitarios no exime la necesidad de atender a otras normas legales relacionadas con Cannabis sativa.
Consulta pública sobre derivados medicinales sigue hasta agosto
Paralelamente, el Plan de Acción prevé, hasta el día 15 de agosto, un plazo para consulta directiva con especialistas y sesiones públicas de diálogo, organizadas por el Ministerio de Salud y otras entidades involucradas. Recientemente, representantes asociativos realizaron una visita al Ministro Carlos Fávaro, quien afirmó ser favorable a la pauta.
Según el Plan, esta etapa busca ampliar la versión técnica del borrador de la Orden sobre la regulación y fiscalización de la producción y el acceso a derivados de Cannabis para uso exclusivamente medicinal.

