Panamá crea una excepción al registro sanitario y desbloquea el mercado de cannabis medicinal
El Ministerio de Salud de Panamá ha establecido las condiciones para la dispensación de productos terminados de cannabis para uso terapéutico, superando un largo estancamiento regulatorio
Publicado en 25/11/2025

La medida establece las condiciones que permiten que los productos terminados de cannabis para uso terapéutico sean dispensados mediante una excepción al registro sanitario clásico. Imagen: Canva Pro
El Ministerio de Salud de Panamá (MINSA), a través de la Dirección Nacional de Farmacia y Medicamentos (DGFD), publicó la Resolución n.º 372 el 26 de septiembre de 2025, según NewsWeed. La medida establece las condiciones que permiten que los productos terminados de cannabis para uso terapéutico sean dispensados mediante una excepción al registro sanitario clásico.
En agosto de 2021, Panamá aprobó la Ley 242, autorizando el uso medicinal del cannabis. Aunque este paso fue visto como histórico para América Central, su aplicación práctica ha sido lenta.
Durante años, las autoridades de Panamá enfrentaron dificultades para definir un marco regulatorio claro y las condiciones de registro para los productos terminados de cannabis. La ausencia de reglas específicas para la certificación impedía su colocación en el mercado, incluso después de que el gobierno emitiera licencias de fabricación para siete empresas panameñas en enero de 2024.
La adopción de la nueva Resolución 372 busca colmar esta significativa laguna en el sistema. De acuerdo con la Resolución, los productos que contengan Tetrahidrocannabinol (THC) destinados exclusivamente al uso médico podrán beneficiarse de un procedimiento de excepción al registro sanitario tradicional.
Requisitos y condiciones para el registro de cannabis medicinal
Para aprovechar el procedimiento de excepción, los fabricantes deberán presentar un expediente completo a la Dirección Nacional de Farmacia y Medicamento. Este expediente debe detallar la composición del producto, su origen, el fabricante y los certificados de análisis del contenido de cannabinoides.
Es importante resaltar que estos productos terminados de cannabis solo podrán ser dispensados bajo prescripción médica, de conformidad con las directrices del Programa Nacional de Utilización de Cannabis Medicinal. El etiquetado y el embalaje, por su parte, deberán cumplir con estrictas normas sanitarias para garantizar la trazabilidad y la seguridad de los pacientes.
Una señal fuerte para la industria panameña
Con la emisión de la Resolución 372, Panamá fortalece la credibilidad de su intención de establecer un marco industrial robusto para el cannabis medicinal. El país, ya estratégico en el comercio internacional por el Canal de Panamá, ahora aspira a posicionarse como un futuro centro regional para la producción y distribución de estos productos.
Aunque la modernización legislativa (como la Ley 419 del 1 de febrero de 2024 sobre el registro de productos sanitarios) ha facilitado un entorno regulatorio más ágil, los desafíos persisten. La industria ahora espera la implementación de todos los procedimientos operativos y la necesaria formación. Además, la participación de bancos y compañías de seguros en este nuevo sector aún se considera un factor de incertidumbre.
Con información de NewsWeed

