Solicitar autorización para importar productos derivados de Cannabis
Siga las instrucciones para iniciar el proceso de importación a través de la RDC 660
Publicado en 01/01/2024

Solicitar autorización para importar productos derivados de Cannabis
La autorización es un documento emitido por Anvisa para que personas físicas puedan importar, para el tratamiento de su salud, productos derivados de Cannabis. Los criterios están en la RDC nº 660/2022.
La autorización es válida por dos años y, durante este período, los pacientes o sus representantes legales pueden importar el producto autorizado. Para ello, basta con presentar la prescripción médica, indicando la cantidad importada, en los puestos de Anvisa (en los aeropuertos y áreas de frontera).
Recuerde: Anvisa no proporciona los productos, solo autoriza su importación.
¿Quién puede utilizar este servicio?
Pacientes (o sus representantes legales) que tengan necesidad médica comprobada e imprescindible del producto.
Etapas para la realización de este servicio
¿Cuánto tiempo lleva?
Hasta 20 día(s) corrido(s) es el tiempo estimado para la prestación de este servicio.
Validez del Documento
Válido por 2 año(s)
Legislación
RDC 660 de 2022.
Tratamiento a ser dispensado al usuario en la atención
El usuario deberá recibir, conforme a los principios expresados en la ley nº 13.460/17, una atención basada en las siguientes directrices
· Urbanidad;
· Respeto;
· Accesibilidad;
· Cortesía;
· Presunción de la buena fe del usuario;
· Igualdad;
· Eficiencia;
· Seguridad; y
· Ética
Información sobre las condiciones de accesibilidad, señalización, limpieza y confort de los lugares de atención
El usuario del servicio público, conforme establecido por la ley nº13.460/17, tiene derecho a atención presencial, cuando sea necesario, en instalaciones salubres, seguras, señalizadas, accesibles y adecuadas al servicio y a la atención.
Información sobre quién tiene derecho a tratamiento prioritario
Tienen derecho a atención prioritaria las personas con discapacidad, los ancianos con edad igual o superior a 60 años, las gestantes, las lactantes, las personas con niños de brazos y los obesos, conforme establecido por la ley 10.048, de 8 de noviembre de 2000
Reúna sus datos de acceso en Gov.br y complete el formulario:
Este servicio es gratuito para el ciudadano.
Para más información o dudas sobre este servicio, póngase en contacto por la Central de Atención de Anvisa
Este es un servicio del(a) Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria . En caso de dudas, reclamaciones o sugerencias favor contactarlo.