La flor de cannabis medicinal en Colombia podría ser liberada para uso interno
Tras años de estancamiento, un decreto podría permitir el acceso de pacientes colombianos a la flor de cannabis mediante receta médica
Publicado en 04/08/2025

El gobierno colombiano ha elaborado un decreto que autoriza el comercio interno de la flor de cannabis medicinal mediante prescripción médica. Imagen: Canva Pro
Si hay un país con una relación contradictoria con el cannabis, es Colombia. Por un lado, la marihuana medicinal es legal desde 2016, y se han creado condiciones para el desarrollo de una próspera industria capaz de exportar la planta a varios países. Por otro lado, la misma cannabis medicinal exportada no está disponible para los pacientes colombianos. Y eso sin mencionar el uso adulto, cuya legalización ha sido considerada por el Congreso tantas veces que se perdió la cuenta.
Propuesta de cambio en la regulación
El año pasado, surgieron señales de cambio con una propuesta de enmienda al Decreto 811 de 2021, que actualmente prohíbe la venta de flores de cannabis medicinal en el país. Si se modifica, el decreto permitirá la disponibilidad legal de la flor en clínicas, hospitales y farmacias. Actualmente, los pacientes solo tienen acceso a derivados del cannabis, lo que limita las opciones terapéuticas.
Sin embargo, desde octubre de 2024 no ha habido avances significativos en este tema.
El nuevo decreto podría viabilizar el comercio interno
Ahora, todo indica que esta espera podría estar llegando a su fin. Según el diario El Tiempo, el gobierno colombiano ha elaborado un decreto que autoriza el comercio interno de la flor de cannabis medicinal mediante prescripción médica.
Aunque el texto aún no ha sido publicado oficialmente, ya está siendo debatido por figuras públicas como el diputado Juan Carlos Losada, autor de la medida. En una entrevista con El Tiempo, el parlamentario afirmó que la propuesta es positiva, pero llegó con retraso. "Debería haber sido publicada, como máximo, en el primer año de gobierno", dijo.
¿Qué prevé el nuevo decreto?
Con la nueva regulación, los pacientes colombianos podrán acceder a la flor de cannabis medicinal in natura siempre que presenten una receta médica. El decreto modifica el concepto de "producto terminado", adoptando una definición más amplia que incluye la planta como viable para uso humano o veterinario, previa autorización.
Nuevos límites y control de THC
Uno de los puntos más innovadores de la propuesta es el establecimiento de un límite del 1% de THC para la comercialización interna. Actualmente, la mayoría de los países utilizan el 0,3% como parámetro para diferenciar el cáñamo de la cannabis psicoactiva. Con esto, los productos con un contenido superior al 1% pasarán a considerarse "especialmente controlados" en Colombia.
Expansión de licencias e incentivo a pequeños productores
La propuesta también amplía las licencias de cultivo para abastecer los mercados interno y externo. Según El Tiempo, estas licencias incluirán actividades como importación, siembra, cosecha, almacenamiento, comercialización, transporte y distribución.
Sin embargo, en los dos primeros años después de la firma del decreto, solo los micro, pequeños y medianos productores con autorización del Ministerio de Justicia y del Fondo Nacional de Estupefacientes podrán cultivar la planta.
Impacto social y económico
La medida representa un avance importante tanto para el sector productivo, que enfrenta dificultades para competir en el mercado internacional, como para los pacientes colombianos que, hasta ahora, no han podido disfrutar plenamente de los beneficios de la cannabis medicinal.
Contenido publicado originalmente en El Planteo

